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Carta Orgánica Municipal de Palos Blancos : Referendo 25 de noviembre de 2018

Por: Palos Blancos (La Paz). Gobierno Autónomo Municipal.
Tipo de material: TextoTextoEditor: La Paz : TSE, 2018Descripción: 56 p.Tema(s): Elecciones | Bolivia | Chuquisaca | Alcalá | Municipios | Referendo | Cartas OrgánicasRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea Resumen: La presente Carta Orgánica es la norma institucional básica del Gobierno Autónomo Municipal de Palos Blancos, de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado, reconocida y amparada por la Constitución Política del Estado como parte integrante del ordenamiento jurídico, que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes, establece la institucionalidad política de la entidad territorial autónoma, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos desarrollarán sus actividades y las relaciones con el Estado; su reforma total o parcial será enmarcada dentro los procedimientos constitucionales y las leyes en vigencia. La Carta Orgánica Municipal de Palos Blancos fue puesta a consideración de los habitantes del municipio mediante Referendo del 25 de noviembre de 2018, convocado por el Tribunal Supremo Electoral con la Resolución TSE-RSP-ADM No. 0400/2019 del 27 de agosto de 2018. De acuerdo a resultados finales y oficiales del Referendo, emitidos por el TSE, la Carta Orgánica Municipal de Palos Blancos NO fue aprobada por los habitantes de este municipio, al lograr esta opción el 56,15 % de los votos emitidos. Se incluyen en el presente registro dos documentos que forman parte del proceso del Referendo: Lista de inhabilitados para sufragar y la Resolución TSE-RSP-ADM No. 0400/2018 de convocatoria al Referendo.
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Tipo de ítem Ubicación actual Colección Signatura Estado Fecha de vencimiento Código de barras
Documentos Electrónicos Documentos Electrónicos Cedoc - Tribunal Supremo Electoral
Fondo electrónico
Colección documental BO 324.6 G574c Disponible 2019-3120

La presente Carta Orgánica es la norma institucional básica del Gobierno Autónomo Municipal de Palos Blancos, de naturaleza rígida, cumplimiento estricto y contenido pactado, reconocida y amparada por la Constitución Política del Estado como parte integrante del ordenamiento jurídico, que expresa la voluntad de sus habitantes, define sus derechos y deberes, establece la institucionalidad política de la entidad territorial autónoma, sus competencias, la financiación de éstas, los procedimientos a través de los cuales los órganos desarrollarán sus actividades y las relaciones con el Estado; su reforma total o parcial será enmarcada dentro los procedimientos constitucionales y las leyes en vigencia.
La Carta Orgánica Municipal de Palos Blancos fue puesta a consideración de los habitantes del municipio mediante Referendo del 25 de noviembre de 2018, convocado por el Tribunal Supremo Electoral con la Resolución TSE-RSP-ADM No. 0400/2019 del 27 de agosto de 2018. De acuerdo a resultados finales y oficiales del Referendo, emitidos por el TSE, la Carta Orgánica Municipal de Palos Blancos NO fue aprobada por los habitantes de este municipio, al lograr esta opción el 56,15 % de los votos emitidos.
Se incluyen en el presente registro dos documentos que forman parte del proceso del Referendo: Lista de inhabilitados para sufragar y la Resolución TSE-RSP-ADM No. 0400/2018 de convocatoria al Referendo.

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