Potosí - Procesos de Consulta Previa 2019 : Empresa Minera David Charca Paca. Área August
Por: Bolivia. Órgano Electoral Plurinacional. Tribunal Electoral Departamental de Potosí.
Tipo de material: TextoEditor: Potosí: Tribunal Electoral Departamental de Potosí, 2019Descripción: doc 1, 5 p.; doc 2, 2 p.Tema(s): Comunidades rurales | Población indígena | Bolivia | Potosí | Provincia Modesto Omiste | Democracia directa y participativa Consulta previa Empresas mineras Extracción de mineralesRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea | Haga clic para acceso en línea Resumen: Resolución de Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental de Potosí TED-SP No. 78/2019 de 7 de mayo de 2019 y ficha resumen del informe de observación y acompañamiento del proceso de consulta previa de la Empresa Minera Empresa Minera David Charca Paca, área August, convocado por la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), realizado en las Comunidad Campesinas Sagnasti y Caquetuya del Municipio Villazón, Provincia Modesto Omiste, Departamento de Potosí, que establece el incumplimiento de los criterios de observación y acompañamiento establecidos en el Reglamento de Observación y Acompañamiento en Procesos de Consulta Previa.Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Documentos Electrónicos | Cedoc - Tribunal Supremo Electoral Fondo electrónico | Colección documental | BO 323.445 O68p | Disponible | 2019-3168 |
Resolución de Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental de Potosí TED-SP No. 78/2019 de 7 de mayo de 2019 y ficha resumen del informe de observación y acompañamiento del proceso de consulta previa de la Empresa Minera Empresa Minera David Charca Paca, área August, convocado por la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), realizado en las Comunidad Campesinas Sagnasti y Caquetuya del Municipio Villazón, Provincia Modesto Omiste, Departamento de Potosí, que establece el incumplimiento de los criterios de observación y acompañamiento establecidos en el Reglamento de Observación y Acompañamiento en Procesos de Consulta Previa.
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