Potosí - Procesos de Consulta Previa 2019 : Empresa Unipersonal Eulogio Martínez Paredes. Área Pachamama Punta I
Por: Bolivia. Órgano Electoral Plurinacional. Tribunal Electoral Departamental de Potosí.
Tipo de material: TextoEditor: Potosí: Tribunal Electoral Departamental de Potosí, 2019Descripción: doc 1, 4 p.; doc 2, 2 p.Tema(s): Comunidades rurales | Población indígena | Bolivia | Potosí | Provincia Sud Chichas | Democracia directa y participativa Consulta previa Empresas mineras Extracción de mineralesRecursos en línea: Haga clic para acceso en línea | Haga clic para acceso en línea Resumen: Resolución de Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental de Potosí TED-SP No. 75/2019 de 7 de mayo de 2019 y ficha resumen del informe de observación y acompañamiento del proceso de consulta previa de la Empresa Unipersonal Eulogio Martinez Paredes, área Pachamama Punta I, convocado por la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), realizado en la Comunidad Chocapampa y Comunidad Chifloca, Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí, que establece el incumplimiento de los criterios de observación y acompañamiento establecidos en el Reglamento de Observación y Acompañamiento en Procesos de Consulta Previa.Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Documentos Electrónicos | Cedoc - Tribunal Supremo Electoral Fondo electrónico | Colección documental | BO 323.445 O68p | Disponible | 2019-3161 |
Resolución de Sala Plena del Tribunal Electoral Departamental de Potosí TED-SP No. 75/2019 de 7 de mayo de 2019 y ficha resumen del informe de observación y acompañamiento del proceso de consulta previa de la Empresa Unipersonal Eulogio Martinez Paredes, área Pachamama Punta I, convocado por la Autoridad Jurisdiccional Administrativa Minera (AJAM), realizado en la Comunidad Chocapampa y Comunidad Chifloca, Provincia Sud Chichas del Departamento de Potosí, que establece el incumplimiento de los criterios de observación y acompañamiento establecidos en el Reglamento de Observación y Acompañamiento en Procesos de Consulta Previa.
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