El referendum en Boliva
Por: Fundación Boliviana para la Capacitación Democrática.
Colaborador(es): Mayorga, Fernando | Cordero Carraffa, Carlos H | Harb, Benjamín Miguel | Toranzo Roca, Carlos | Bohrt Irahola, Carlos.
Tipo de material: TextoEditor: La Paz: Garza Azul, 2004Descripción: 200 p.Tema(s): Democracia | Estado | Crisis | Constitución política | Referendím boliviano | Estado republicanoResumen: Con la reforma de la Constitución Política del Estado promulgada a principios del año 2004, se incorporó en el ordenamiento jurídico nacional la figura del referéndum. Esta forma de consulta popular en la cual se invita al electorado a pronunciarse por el “sí” o por “no” sobre los temas que le son puestos a consideración, es un mecanismo de democracia semidirecta bastante común en varios países de la región y no ha sido totalmente extraño en la historia del país. En 1931, en la corta administración del general Carlos Blanco Galindo, se realizó un referéndum que, entre otras medidas, aprobó el habeas corpus, la autonomía universitaria y la creación de la Contraloría. Luego, esa forma de consulta no se repitió más y ni siquiera estuvo contemplada en la Constitución aprobada en 1967. Contemporáneamente, el referéndum se convirtió en la bandera de sectores políticos y sociales que criticaban las insuficiencias de la democracia representativa y logró un espacio al ser reconocido en la Ley de necesidad de reforma a la Constitución aprobada en agosto de 2002. En ese texto, se previó el referéndum constitucional y de alcance nacional, es decir una consulta obligatoria para que la ciudadanía ratifique o rechace las innovaciones a la Constitución. La reforma aprobada en febrero de 2004 fue más allá pues amplió de manera muy significativa las posibilidades de aplicación al no colocarle ninguna limitación.Tipo de ítem | Ubicación actual | Colección | Signatura | Estado | Fecha de vencimiento | Código de barras |
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Libro | Cedoc - Tribunal Supremo Electoral Fondo boliviano | Colección bibliográfica | BO 324 F979r | Disponible | 2019-2725 |
Con la reforma de la Constitución Política del Estado promulgada a principios del año 2004, se incorporó en el ordenamiento jurídico nacional la figura del referéndum. Esta forma de consulta popular en la cual se invita al electorado a pronunciarse por el “sí” o por “no” sobre los temas que le son puestos a consideración, es un mecanismo de democracia semidirecta bastante común en varios países de la región y no ha sido totalmente extraño en la historia del país. En 1931, en la corta administración del general Carlos Blanco Galindo, se realizó un referéndum que, entre otras medidas, aprobó el habeas corpus, la autonomía universitaria y la creación de la Contraloría. Luego, esa forma de consulta no se repitió más y ni siquiera estuvo contemplada en la Constitución aprobada en 1967.
Contemporáneamente, el referéndum se convirtió en la bandera de sectores políticos y sociales que criticaban las insuficiencias de la democracia representativa y logró un espacio al ser reconocido en la Ley de necesidad de reforma a la Constitución aprobada en agosto de 2002. En ese texto, se previó el referéndum constitucional y de alcance nacional, es decir una consulta obligatoria para que la ciudadanía ratifique o rechace las innovaciones a la Constitución. La reforma aprobada en febrero de 2004 fue más allá pues amplió de manera muy significativa las posibilidades de aplicación al no colocarle ninguna limitación.
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