Hurtado, Javier

Democracia, sistemas de gobierno y presidencialismo en América - 67-114 p.

Los gobiernos democráticos sólo son posibles en un Estado Constitucional de Derecho. Cuando se habla de Estado Constitucional Democrático y de Derecho, se alude a que su característica deriva del reconocimiento de los derechos fundamentales, así como de la existencia de equilibrios, controles y contrapesos entre los órganos del Estado. Un texto Constitucional regula la relación entre el pueblo, los órganos de Estado y los particulares.


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