000 02046nab a2200217 a 4500
999 _c4237
_d4237
003 BOLpCIP
005 20190917201646.0
008 190715b ||||| |||| 00| u spa u
040 _aBOLpCIP
_bspa
100 _aVidaurre, Martín
245 _aEl estado Plurinacional de Bolivia reconoce la personalidad jurídica de la población transexual y transgénero
300 _a51-55 p.
520 _aEl Estado Plurinacional de Bolivia está atravesando por un proceso de cambio basado en el respeto, la igualdad y la no discriminación entre todos los bolivianos y bolivianas. En relación a la población lesbiana, gay, bisexual, transexual, transgénero e intersexual (LGBTI), corresponde indicar que actualmente están vigentes cinco pilares de la legislación nacional que prohíben toda forma de discriminación contra esta población: la Constitución Política del Estado; la Ley 045 Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, de 8 de octubre de 2010, el decreto supremo 0189 —que establece el 28 de junio como el Día nacional de los dere-chos de la población LGBTI en Bolivia— el y 1022 —que instaura el 17 de mayo como el Día contra la homofobia y transfobia en Bolivia— y, finalmente, desde el 21 de mayo de 2016, la Ley 807 de Identidad de Género, que reconoce el derecho a la identidad de género — personalidad jurídi-ca de la población trans.En esta misma línea, el Estado boliviano, a través de sus representaciones permanentes, ha suscrito trece instrumentos internacionales, tanto de la Organización de Estados Americanos1 como de las Naciones Unidas2, para la defensa y el respeto de los derechos humanos de la población LGBTI.
650 _aTransgenero
650 _aBolivia
653 _aTransexuales
653 _aGays
653 _aLesbianas
773 0 _91526
_aProyecto de Fortalecimiento Democrático del PNUD
_dLa Paz: PNUD, 2011-
_tBoletín de análisis y prospectiva política
_01522
_o2019-1519
942 _2ddc
_cANA
_zGF