000 | 02046nab a2200217 a 4500 | ||
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999 |
_c4237 _d4237 |
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003 | BOLpCIP | ||
005 | 20190917201646.0 | ||
008 | 190715b ||||| |||| 00| u spa u | ||
040 |
_aBOLpCIP _bspa |
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100 | _aVidaurre, Martín | ||
245 | _aEl estado Plurinacional de Bolivia reconoce la personalidad jurídica de la población transexual y transgénero | ||
300 | _a51-55 p. | ||
520 | _aEl Estado Plurinacional de Bolivia está atravesando por un proceso de cambio basado en el respeto, la igualdad y la no discriminación entre todos los bolivianos y bolivianas. En relación a la población lesbiana, gay, bisexual, transexual, transgénero e intersexual (LGBTI), corresponde indicar que actualmente están vigentes cinco pilares de la legislación nacional que prohíben toda forma de discriminación contra esta población: la Constitución Política del Estado; la Ley 045 Contra el Racismo y Toda Forma de Discriminación, de 8 de octubre de 2010, el decreto supremo 0189 —que establece el 28 de junio como el Día nacional de los dere-chos de la población LGBTI en Bolivia— el y 1022 —que instaura el 17 de mayo como el Día contra la homofobia y transfobia en Bolivia— y, finalmente, desde el 21 de mayo de 2016, la Ley 807 de Identidad de Género, que reconoce el derecho a la identidad de género — personalidad jurídi-ca de la población trans.En esta misma línea, el Estado boliviano, a través de sus representaciones permanentes, ha suscrito trece instrumentos internacionales, tanto de la Organización de Estados Americanos1 como de las Naciones Unidas2, para la defensa y el respeto de los derechos humanos de la población LGBTI. | ||
650 | _aTransgenero | ||
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773 | 0 |
_91526 _aProyecto de Fortalecimiento Democrático del PNUD _dLa Paz: PNUD, 2011- _tBoletín de análisis y prospectiva política _01522 _o2019-1519 |
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942 |
_2ddc _cANA _zGF |