En Colombia hubo un muy largo período de más de cuarenta años de predominio del Estado de Sitio y de la Emergencia Económica como instrumentos extraordinarios autorizados directamente por la Constitución para que el presidente gobernara por medio de Decretos Legislativos de una parte, y de otra, por virtud de la llamada legislación extraordinaria habilitada por el Congreso de la República por medio de Leyes de Facultades Extraordinarias para que el presidente gobierne y legisle por Decreto Ley.